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Grado en Logopedia* (en proceso de extinción)

Acceso

Para inscribirse en el Grado de CUNIMAD:

1º Realiza tu reserva de plaza con CUNIMAD, contacta con nuestro asesor académico que te ayudará en el proceso.

2º Haz tu prescripción en la Universidad de Alcalá (UAH) en el siguiente enlace.

Acceso

Podrán acceder a los estudios del Grado en Logopedia, tras la superación de las pruebas y condiciones correspondientes para cada situación que se articulen normativamente, los estudiantes que reúnan cualquiera de las condiciones establecidas en el artículo 3 del Real Decreto 412/2014, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, que se enumeran a continuación:

  1. a) Estudiantes en posesión del título de Bachiller del Sistema Educativo Español o de otro declarado equivalente.
  2. b) Estudiantes en posesión del título de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato internacional.
  3. c) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
  4. d) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios homologados al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.
  5. e) Estudiantes en posesión de los títulos oficiales de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior perteneciente al Sistema Educativo Español, o de títulos, diplomas o estudios declarados equivalentes u homologados a dichos títulos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4.
  6. f) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, diferentes de los equivalentes a los títulos de Bachiller, así como de los mencionados en el apartado e), obtenidos o realizados en un Estado miembro de la Unión Europea o en otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, cuando dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en dicho Estado miembro para acceder a sus Universidades.
  7. g) Personas mayores de veinticinco años que superen la prueba de acceso establecida en este real decreto.
  8. h) Personas mayores de cuarenta años con experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza.
  9. i) Personas mayores de cuarenta y cinco años que superen la prueba de acceso establecida en este real decreto.
  10. j) Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Grado, Máster o título equivalente.
  11. k) Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.
  12. l) Estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o españoles, o que habiendo finalizado los estudios universitarios extranjeros no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad correspondiente les haya reconocido al menos 30 créditos ECTS.
  13. m) Estudiantes que estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del Sistema Educativo Español anteriores a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

 

Acceso para personas mayores de 40 años por su experiencia profesional o laboral:

A efectos de lo dispuesto en el Real Decreto 412/2014 por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, en el acceso a la Universidad para personas mayores de 40 años por su experiencia profesional o laboral, podrán acceder a los estudios del presente Grado en Óptica y Optometría, las personas con experiencia laboral o profesional en relación con el ámbito de las Ciencias de la Salud, que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías y cumplan o hayan cumplido los 40 años de edad en el año natural de comienzo del curso académico.

El acceso a los estudios del Grado requiere:

  1. Cuantificar la experiencia profesional para poder ordenar las solicitudes. Se ha establecido una fórmula para puntuar la experiencia profesional que tiene en cuenta los años de trabajo y el grado de dificultad técnica de las labores profesionales. Dado que el interesado va a justificar su experiencia a través de un Informe de Vida Laboral, se ha relacionado los grupos de cotización de la Seguridad Social con los niveles de competencia del sistema de cualificación nacional. Se descartan los grupos de cotización 1,2 y 11 por no corresponder al colectivo que puede acceder a la universidad por esta vía.

Se ha establecido un tiempo mínimo de experiencia profesional en cada uno de los niveles de cualificación. Los interesados deberán obtener un mínimo de 5 puntos para ser considerados candidatos a una plaza.

En caso de cotizaciones a tiempo parcial, el periodo de trabajo será ponderado por el porcentaje que consta en el Informe de Vida Laboral.

En consecuencia, la puntuación que obtenga un interesado vendrá dada por la fórmula:

Puntuación = [(años de experiencia x 1,25) + (meses de experiencia x 0,104)] x coeficiente de nivel de competencia

  1. Entrevista personal. La realización de una entrevista personal con aquellos candidatos que alcancen una puntuación igual o superior a cinco puntos.

El objetivo de la entrevista es apreciar la idoneidad del candidato para seguir con éxito los estudios universitarios en los que está interesado.

Dado que en cada familia profesional hay cualificaciones profesionales muy diferentes y que una misma familia profesional se relaciona con títulos pertenecientes a diversas ramas de conocimiento, la entrevista personal debe servir para ajustar en mayor medida la afinidad de  la experiencia laboral y profesional con el campo de conocimiento de una determinada titulación así como para valorar conocimientos básicos en materias de contenido instrumental (matemáticas, física, química, idiomas, dibujo técnico ) que permitan al interesado incorporarse con cierta garantía a los estudios.

 

Esta prueba de acceso será válida únicamente para cursar el Grado en Óptica y Optometría, en la Universidad de Alcalá.

 

Acceso para personas mayores de 45 años por prueba de acceso:

Así mismo aquellas personas mayores de 45 años que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la Universidad por otras vías, ni acrediten experiencia laboral o profesional, podrán acceder al Grado mediante la realización de una prueba de acceso si tienen cumplidos los 45 años o los cumplen en el año natural en que se celebre la prueba.

La realización de esta prueba se rige por las directrices dispuestas en el Capítulo IV, Sección 3ª del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica del procedimiento de acceso y admisión para los mayores de 45 años y conforme a la Resolución de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Universidades e Investigación, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión Organizadora por el que se dictan las normas e instrucciones reguladoras de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de cuarenta y cinco años en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM de 15 de diciembre de 2014) y sus posterior modificación, Resolución de 5 de junio de 2017 (BOCM de 16 de junio de 2017).

La prueba de acceso a la Universidad para personas mayores de 45 años se estructura en dos fases:

La primera fase tiene como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Comprende dos ejercicios:

  • Primer ejercicio: Comentario de texto.
  • Segundo ejercicio: Lengua castellana.

Cada uno de los ejercicios se califica de 0 a 10 puntos, y se expresa con dos decimales. La calificación final es el resultado de la media aritmética simple de las calificaciones obtenidas en cado uno de los dos ejercicios que la integran, calificada de 0 a 10 puntos, y expresada con dos cifras decimales, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior, no pudiéndose en ningún caso promediar cuando no se obtenga una puntuación mínima de cuatro puntos en cada ejercicio.

Se entenderá que el candidato ha superado esta fase cuando obtenga un mínimo de cinco puntos en la calificación final.

Los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la primera fase serán convocados a una entrevista personal.

La segunda fase consiste en una entrevista personal, que tendrá una duración máxima de 20 minutos que tendrá como objeto conocer su motivación y detectar sus habilidades y competencias básicas para hacer frente a los estudios universitarios que desea realizar.

Durante la entrevista se plantearán cuestiones generales sobre el currículo del candidato con objeto de valorar si posee un nivel de conocimientos básico en aquellas materias de contenido instrumental (matemáticas, física, química, idioma moderno, latín, griego, dibujo técnico) u otras que le permitan incorporarse con cierta garantía a los estudios solicitados. El tribunal evaluador podrá realizar al candidato orientaciones de tipo académico relativas a los estudios que pretende cursar.

La calificación de la entrevista es de Apto o No apto. A los aspirantes declarados aptos, se les otorgará como calificación final de la prueba la obtenida en la fase de ejercicios escritos.

La superación de la prueba permitirá la admisión únicamente en la Universidad de Alcalá. El candidato podrá solicitar los estudios universitarios oficiales de grado para los que ha resultado idóneo, en los plazos y de acuerdo con el procedimiento que se establezca.

Para más información: 

https://www.uah.es/export/sites/uah/es/conoce-la-uah/organizacion-y-gobierno/.galleries/Galeria-Secretaria-General/Normativa-procedimiento-admision-criterios-valoracion-orden-prelacion-adjudicacion-plazas-Estudios-Universitarios-Oficiales-Grado-para-determinadas-vias-acceso.pdf

Criterios de admisión

El acceso al título oficial de Grado en Logopedia no precisa de ningún requisito específico, respetando en dicha admisión lo relativo a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado que se realizará de acuerdo a los principios de igualdad, no discriminación, mérito y capacidad.

No obstante, en caso de que la oferta supere la demanda, los criterios de selección y la importancia de cada uno de ellos son:

  • Calificaciones obtenidas en la modalidad de acceso. Supone un 100% del valor final.

En caso de empate en puntuaciones, se elegirá al que tenga mayor número de matrículas de honor y, en su caso, sobresalientes y así sucesivamente.

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